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12° Iniciada la prueba, un deportista solo podrá abandonar
la embarcación por causas de fuerza mayor siempre que este
abandono sea momentáneo, en cuyo caso ambos deportistas suspenderán
toda acción de pesca hasta que aquél vuelva a bordo.
13° No se permite recibir ayuda desde tierra o desde otra embarcación,
que no sea de la organización, salvo en los casos previstos
en el ARTICULO 17 de estas Normas Especificas. El incumplimiento
de esta norma supondrá la descalificación de la manga
de la/s embarcación/es.
14° Las embarcaciones deberán llegar a puerto por sus
propios medios Cualquier otro procedimiento supondrá la descalificación
de la manga.
15° Durante el curso de una manga, una embarcación podrá
arribar a puerto para recibir asistencia médica; para proveerse
de combustible; para reparar una avería o recibir asistencia
mecánica y en general por cualquier emergencia o imprevisto.
En todos estos supuestos deberá contar con la autorización
del Jurado. Caso contrario, su acción se entenderá
abandono voluntario de la prueba con las consecuencias que ello
conlleva.
Mientras dure la arribada el equipo suspenderá toda acción
de pesca viniendo obligado a ponerse en competición inmediatamente
una vez finalizada la causa que motivó dicha arribada. Si
la causa que hubiere motivado la arribada persistiera al momento
de finalizar la prueba y los deportistas todavía no hubieran
podido incorporarse a la competición se entenderá
ello como abandono forzoso del equipo implicado en la manga de que
se trate .
ARTICULO 15. -EQUIPOS Y CEBOS
1° Los deportistas tendrán absoluta libertad para elegir
los estilos o modalidades que deseen, de acuerdo con el ARTICULO
4.2 de estas Normas Especificas.
2° Las formas, materiales, dimensiones, etc. de las cañas,
carretes, líneas, anzuelos y útiles empleados en la
competición, serán libres.
3° Sólo se podrán autorizar cebos artificiales.
Queda prohibido el uso de cebos naturales, vivos o muertos.
4° Se autoriza exclusivamente el uso de aromatizantes, aceites
y esencias, sólo artificiales, para impregnar los cebos y
señuelos.
5° Se prohíbe el uso de cualquier tipo de harinas, pastas,engodos,
aromatizantes, esencias, aceites, etc., naturales y/o artificiales
arrojen al agua con la finalidad de atraer a los peces.
6° En acción de pesca, cada deportista sólo podrá
hacer uso de una caña y un carrete. No obstante, los participantes
pueden tener otras cañas de reserva montadas, pero siempre
fuera del agua.
7° Se autoriza el uso del "salabre" o sacadora para
ayudar a subir las capturas a bordo.
8° Se autoriza igualmente el uso del "sónar"
para la localización de la pesca, quedando prohibido el uso
de cualquier otro sistema que permita la visión debajo del
agua.
9° De igual modo queda prohibido el uso de cualquier sistema
de intercomunicación entre las embarcaciones y/o personal
en tierra, salvo para los casos de auxilio o salvamento.
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